miércoles, 19 de marzo de 2014

pensión alimenticia

                 Petición de alimentos

Hace un tiempo una prima tuvo problemas con su marido, el se fue de la casa y abandono completamente a sus hijos, ella no tiene el suficiente dinero para mantenerlos, tiene un hijo de 11 años que estudia y el mas pequeño que requiere cuidados, ya que tiene 1 año; al trabajar y no atender a sus hijos al total, el dinero no le alcanzaba y pidió al padre su pensiona, pero el la amenazo, por lo que hizo.

            ¿que hizo?

1.- para llegar a un acuerdo sobre este, seria agotar tu primera instancia; esta es el juez de lo familiar, le solicitaras un documento, que constara de querer llegar a un acuerdo, si tu eres la madre y a el padre le requieres la pensión alimenticia, a el le llegara el documento sellado y firmado por el juez
2.- citaras la fecha y hora en que deberán reunirse ambos para el acuerdo; en caso de que el no asista tendrá tres oportunidades, si asiste a una de ellas se acordara conforme a sus derechos y obligaciones el juez firmara pro hecho. 

3.-pero en caso de que no haga caso a los llamados tu promoverás un juicio y tu sustento serán las actas de que si se le informo de dicha situación.  Aquí entraras en disputa ya que ahora es la cantidad que tu requieras, tomando en cuenta sobre su sueldo, los bienes que mantiene; ademas si el solicita días para ver a los hijos, le otorgaras los que tu desees y a su conveniencia del otro. para no tener problemas se entregara el dinero en una cuenta bancaria el día y hora estipulada por el juez.
  • Pero aquí en este juicio se demostrara el parentesco de los hijos con el demandado. un punto muy importante ya que si no lo demuestras es como si no fuesen nada.
  • Otro es las demostrar las necesidades de los niños, el  motivo fundamentado por el cual requieres de esta pensión.
4.- Este tipo de casos, se dan a favor del que pide en mayoría de ocasiones, ya que es la obligación de este responder, pero si te ganara contrariamente seria porque su situación económica este peor que la tuya. 

5.- En caso de que haya violencia o amenazas por tal situación, denunciar al MP sobre la situación y dar testimonio de el juicio de alimentos, para que un cierto perímetro que no se acerque y la pensión.
  


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sábado, 8 de marzo de 2014

violencia intrafamiliar

¿Qué es?


es cuando una persona realiza actos de maltrato físico, verbal y patrimonial, emocionalmente o sexual con las personas que tenga un vinculo familiar. Se encuentra dentro de la familia ya sea dentro del mismo domicilio con la misma consanguinidad o políticamente, no necesariamente este puede residir igual que el agresor, a veces se da cuando salen, podría ser un padrastro o tíos, abuelos.


¿Quiénes pueden padecerla?
 puede padecerla un solo miembro de la familia, que todos estén contra el, pero también pueden ser varios miembros de la misma, ya que en estos casos en por la mayoría de veces por el jefe de familia; las estadísticas mencionan que cuando un hombre es jefe de familia de cada 100 33 son agresores. y donde la mujer es la del mando de cada 100, 22 agreden.
¿Cómo distinguirla? para saber cuando una persona padece este tipo de agresión, se percibe psicológicamente en la depresión, estrés, divorcios, moretones, algunos golpes que dejan una incapacidad, timidez, todos estos conjuntamente, o puede que el agredido realice este tipo de violencia, por sentir un desquito con las demás personas.
¿Qué hacer legalmente?
El conflicto familiar se resuelve mediante un arbitraje o conciliación; este se sigue en actos que no se consideren delitos,  en estos actos de conciliación se busca una conveniencia entre las partes, como por ejempló la terapia familiar, si se llega a un acuerdo se celebra un convenio correspondiente. La prevención es un factor principal, pero cuando se esta dentro de la violencia lo que se necesita es un asesor jurídico, alguna corporación de ayuda pero lo mas importante es denunciar. aunque muchos de las victimas por miedo no lo hacen, pero justo otro denuncia el abuso y puede que llegue a la investigación y las victimas entran en rehabilitación ya que su comportamiento ante los demás es desvariado.
 
¿Quiénes te pueden ayudar?
corresponde a las secretarias de gobierno, educación publica, de salud, procuraduría general de justicia, sistema estatal del desarrollo de familia, procuraduría del ciudadano, y la comisión estatal de los derechos humanos. dentro de estas hay espacios de gobierno que te brindan apoyo como un ejemplo de esto es EJP (espacios poder joven); IMJJUVE; fundación JUCONI,A.C; fundación hogares. Estas brindan atención en línea.
asociaciones gubernamentales:

asociaciones civiles




  • Asociación Femenina de Invidentes. Teléfonos: 01(222) 8927874 María Guadalupe Sánchez Cebada. Presidenta.
  • Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia. Teléfonos: 01(222) 2295264

https://www.youtube.com/watch?v=PsJe4-wfE2I         vídeo en youtube sobre el tema


miércoles, 26 de febrero de 2014

¡Hola, que tal! este blog se ha creado con la intención de poder ayudar a personas que tengan alguna duda conforme la abogacía, iniciaremos claro con lo básico ya que es también para alumnos.
podemos interactuar por medio de preguntas y respuestas, haciendo un circuito de interacción.




 

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